Beneficios tributarios

Que es el trámite Beneficios Tributarios?

El trámite beneficios tributarios, es la solicitud de una certificación  Ambiental,  con  el  fin  de  otorgar  los beneficios tributarios establecidos en el Estatuto tributario y en la Ley 1715 de 2014.

Como puede una empresa obtener los beneficios Tributarios?

Toda persona interesada en obtener  beneficios  tributarios  en  exclusión  de  IVA,  descuento  en  el  impuesto  de  renta  y/o deducción de renta y complementarios, deberá radicar ante la autoridad ambiental competente, para obtener la certificación de dicha exclusión o deducción, SUEM esta en la capacidad en asesorarlo para establecer la autoridad ambiental, el medio de radicación y los requisitos para cada una de las certificaciones.

SUEM brinda asesoría y acompañamiento a las organizaciones en las solicitudes para obtener  beneficios  tributarios  en  exclusión  de  IVA,  descuento  en  el  impuesto  de  renta  y/o deducción de renta y complementarios, como se relaciona a continuación :

1. Deducción especial del impuesto sobre la renta

  • Obtención de la certificación expedida por la UPME, en la cual la entidad avalará el proyecto de FNCE o GEE, los equipos elementos y maquinaria, nacionales o importados, o la adquisición de servicios.
  • Adicionalmente, los contribuyentes deberán obtener la Certificación de Incentivo Ambiental que expide el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la ANLA, en los términos del artículo 158-2 del Estatuto Tributario y demás normas que lo reglamenten. Este artículo hace referencia a la deducción especial por inversiones en control y mejoramiento ambiental, que generan beneficios ambientales.

2. Depreciación acelerada

  • Obtención de la certificación expedida por la UPME, en la cual la entidad avalará el proyecto de FNCE y los equipos, elementos y maquinaria, nacionales o importados, o la adquisición de servicios. La certificación de la deducción especial en renta, aplica para este beneficio.
  • Los contribuyentes deberán obtener la Certificación de Incentivo Ambiental que expide el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en los términos del artículo 158-2 del Estatuto Tributario y demás normas que lo reglamenten. Este artículo hace referencia a la deducción especial por inversiones en control y mejoramiento ambiental.

3. Exclusión del impuesto a las ventas-IVA

  • Obtención de la certificación expedida por la UPME, en la cual la entidad avalará el proyecto de FNCE y los equipos, elementos y maquinaria, nacionales o importados, o la adquisición de servicios. La certificación de la deducción especial en renta, aplica para este beneficio.
  • Los contribuyentes deberán obtener la Certificación de Incentivo Ambiental que expide el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en los términos del artículo 158-2 del Estatuto Tributario y demás normas que lo reglamenten. Este artículo hace referencia a la deducción especial por inversiones en control y mejoramiento ambiental.

4. Exención del gravamen arancelario

  • Obtener la certificación expedida por la UPME, en la cual la entidad avalará el proyecto de FNCE y la maquinaria, equipos, materiales e insumos relacionados con este y destinados exclusivamente a las etapas de preinversión e inversión.
  • Se deberá obtener la certificación de Incentivo Ambiental emitida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA.

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