Beneficios tributarios

¿Qué es el trámite de beneficios tributarios?

Es la solicitud de una certificación ambiental, que tiene como objetivo otorgar los beneficios tributarios establecidos en el Estatuto tributario y en la Ley 1715 de 2014.

Como puede una empresa obtener los beneficios Tributarios?

Toda persona interesada en obtener beneficios tributarios en exclusión de IVA,  descuento en el impuesto de renta y/o deducción de renta y complementarios, deberá radicar ante la autoridad ambiental competente, para obtener la certificación de dicha exclusión o deducción, estamos en la capacidad en asesorarte para establecer la autoridad ambiental, el medio de radicación y los requisitos para cada una de las certificaciones.

Brindamos asesoría y acompañamiento a las organizaciones en las solicitudes para obtener beneficios  tributarios en exclusión de IVA, descuento en el impuesto de renta y/o deducción de renta y complementarios, como se relaciona a continuación:

1. Deducción especial del impuesto sobre la renta

  • Obtención de la certificación expedida por la UPME, en la cual la entidad avalará el proyecto de FNCE o GEE, los equipos elementos y maquinaria, nacionales o importados, o la adquisición de servicios.
  • Adicionalmente, los contribuyentes deberán obtener la Certificación de Incentivo Ambiental que expide el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la ANLA, en los términos del artículo 158-2 del Estatuto Tributario y demás normas que lo reglamenten. Este artículo hace referencia a la deducción especial por inversiones en control y mejoramiento ambiental, que generan beneficios ambientales.

2. Depreciación acelerada

  • Obtención de la certificación expedida por la UPME, en la cual la entidad avalará el proyecto de FNCE y los equipos, elementos y maquinaria, nacionales o importados, o la adquisición de servicios. La certificación de la deducción especial en renta, aplica para este beneficio.
  • Los contribuyentes deberán obtener la Certificación de Incentivo Ambiental que expide el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en los términos del artículo 158-2 del Estatuto Tributario y demás normas que lo reglamenten. Este artículo hace referencia a la deducción especial por inversiones en control y mejoramiento ambiental.

3. Exclusión del impuesto a las ventas-IVA

  • Obtención de la certificación expedida por la UPME, en la cual la entidad avalará el proyecto de FNCE y los equipos, elementos y maquinaria, nacionales o importados, o la adquisición de servicios. La certificación de la deducción especial en renta, aplica para este beneficio.
  • Los contribuyentes deberán obtener la Certificación de Incentivo Ambiental que expide el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en los términos del artículo 158-2 del Estatuto Tributario y demás normas que lo reglamenten. Este artículo hace referencia a la deducción especial por inversiones en control y mejoramiento ambiental.

4. Exención del gravamen arancelario

  • Obtener la certificación expedida por la UPME, en la cual la entidad avalará el proyecto de FNCE y la maquinaria, equipos, materiales e insumos relacionados con este y destinados exclusivamente a las etapas de preinversión e inversión.
  • Obtener la certificación de Incentivo Ambiental emitida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA.

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